Si has decido hacerte socio o realizar un donativo puntual a ASION te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta. Desde 2016 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de ASION, como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:
Personas Físicas (IRPF) | Ejercicio 2016 y posteriores |
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Primeros 150€ | 80% |
Resto | 30% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * | 35% |
Límite deducción base liquidable | 10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Personas Jurídicas (IS) | Ejercicio 2016 y posteriores |
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Donaciones en general | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) * | 30% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * | 40% |
Límite deducción base liquidable | 10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.
Por favor, si aún no lo has hecho, llámanos al 91 504 09 98 o escríbenos a asion@asion.org. Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es